El verano pasado y también este algunos medios han ido informando de muertes de trabajadores en su lugar de trabajo debido a la exposición a las altas temperaturas y desde el pasado 13/05/2023 hay un Real Decreto-Ley 4/2023 del Gobierno que dicta las normas para la prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, llegando a prohibir los trabajos al aire libre durante estos episodios de calor. Y obligando a las empresas a interrumpir o reducir la jornada laboral de estos trabajadores. A pesar de ello las muertes siguen produciéndose.
Un temporero fallecido el 12 de agosto por “insuficiencia cardiorrespiratoria aguda en el contexto de estrés por calor” o el de Barcelona por la muerte de una empleada de limpieza viaria, a 16 de julio de 2025 son hasta ahora los últimos casos. Y en 2024 los medios han publicado muertes durante el trabajo por el calor. Lo escandaloso es que pocos de estos casos acaban en la estadística de muertes de trabajadores por calor que elabora el Ministerio de Trabajo. Algunos sindicatos mayoritarios ya venían denunciando que el recuento oficial no recoge ni un fallecido en todo 2024, a pesar que en los medios sí han trascendido varias muertes de trabajadores expuestos durante su jornada laboral a altas temperaturas.
Si el Ministerio de Trabajo no recoge el calor como causa de muerte en el entorno laboral. ¿Entonces como se supone que piensa controlar las empresas neglitentes? Desde el sindicato CCOO ponen como ejemplo el trabajar a 12 metros de altura a pleno sol, sufrir un mareo por la alta temperatura y que provoca una caída. Sucede también con algunos fallecimientos de origen cardiovascular, que se activan por el calor, pero en la estadística no se relacionan. Como resultado estas muertes no quedan registradas como una muerte en el trabajo asociada al calor.
La ausencia de un control serio por parte del Ministerio de Trabajo junto con datos de Sanidad provoca que las muertes por calor durante la jornada laboral se oculten entre otras muchas causas.
La cuestión de fondo no varía y es que las empresas no acatan la ley de prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, no prohíben los trabajos al aire libre durante estos episodios de calor o ni siquiera interrumpen o reducen la jornada laboral a sus trabajadores. Hemos citado ejemplos: el de la mujer empleada en la limpieza pública en Barcelona o el de un operario que trabajaba colocando publicidad en la calle.
Pero sea cual sea la época del año hay que persiguir a estos empresarios que anteponen las ganancias a la salud laboral provocando la muerte de trabajadores.